En defensa de los habitantes de los barrios Cinco de Febrero y el Poblado, El Personero Jairo Pacheco Durán, presentó una acción policiva para lograr el destaponamiento del canal de desagüe de esos barrios. La querella se basa en que el ordenamiento jurídico consagra una servidumbre legal y natural de escurrimiento de aguas que implica que:
• Las aguas lluvias deben fluir desde el predio superior al inferior por cauces naturales.
• En el predio inferior (en este caso el sitio georreferenciado donde fue tapado el canal) no se pueden realizar actos que impidan dicho escurrimiento, como lo es la obstrucción del canal.
• La interferencia de esta servidumbre constituye una vulneración al ordenamiento jurídico civil, y puede dar lugar a la intervención de la autoridad policiva para restablecer el curso natural del agua y proteger los derechos de los afectados.
Son algunos fundamentos de derecho que reposan en la querella policiva instaurada por la Personería Municipal de Ciénaga.
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